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Compensación Económica

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¿Qué es la Compensación Económica?

 

La compensación económica constituye uno de los aspectos mas interesantes y a la vez, mas populares respecto a la ley de matrimonio civil. Decimos que es popular, ya que no se trata de algo desconocido para el ciudadano común, se conoce de su existencia, pero cuando se hace la pregunta ¿Qué es la compensación económica?, muchos no saben que responder.
La incorporación de esta institución a nuestra legislación persigue fines de equidad entre los cónyuges que están prontos a disolver su matrimonio, ya que procura evitar que como consecuencia de esta ruptura, uno de los cónyuges quede en una mala posición económica o incluso en la indigencia por el quiebre matrimonial. Desde este punto de vista nos parece razonable su incorporación a la legislación vigente, sin perjuicio de los abusos que pudieren cometerse propiciando que muchas parejas abandonen la idea del divorcio pese a que es lo que realmente desean hacer.

¿En que consiste la compensación económica?

Según el profesor de Derecho Civil don René Ramos Pazos la Compensación económica «Consiste en el derecho que  asiste a uno de los cónyuges -normalmente la mujer- cuando por haberse dedicado al cuidado de los hijos o a las labores propias del hogar no pudo durante el matrimonio desarrollar una actividad remunerada o lucrativa, o lo hizo en menor medida de lo que podía y quería, para que se le compense el menoscabo económico que, producido el divorcio o la nulidad, sufrirá por esta causa» como se puede apreciar, no es una institución que beneficie exclusivamente a la mujer sino que puede solicitarse de igual manera por el hombre si es que cumple con los presupuestos legales, es decir, que sufra un menoscabo económico

Aspectos a considerar para fijar la compensación económica.

Solicitada, deben tenerse en consideración diversos aspectos para la determinación del monto de la compensación económica, el articulo 62 de la ley de matrimonio civil o comúnmente llamada ley de divorcio nos señala algunos :

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  • Duración del matrimonio y de la vida en común de los cónyuges;
  • La buena o mala fé;
  • La edad y el estado de salud del cónyuge beneficiario de la compensación económica;
  • Situación previsional y beneficios de salud;
  • Cualificación profesional y posibilidades de acceso al mercado laboral;
  • Colaboración que hubiese prestado a las actividades lucrativas del otro cónyuge.

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Como acabamos de mencionar, estos son solo algunos delos aspectos que deben tenerse en consideración a la hora de fijar el monto de la compensación económica, no son los únicos que el juez analiza.

¿Quien determina la compensación económica?

Puede determinarse de dos maneras:
1.- Pueden fijarla los mismo cónyuges: En este caso el monto y la forma de pago de la compensación económica se fijara por las partes de común acuerdo si fueren mayores de edad, este acuerdo debe constar en escritura publica o acta de avenimiento, las cuales deben someterse a la aprobación del tribunal.
2.- Fijación por el tribunal: Si las partes no están de acuerdo ya sea, en la procedencia de la compensación económica, en el monto o en la forma de pago de esta, lo lógico será que el tribunal la determine ya que las partes no pudieron hacerlo. En todo casi, el tribunal siempre informará a los cónyuges respecto del derecho que les asiste a una compensación económica.
Esto es en términos sencillos la Compensación económica, ya sabes lo que es, pero si tienes dudas por favor escríbenos.
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